El complemento salarial por incapacidad es uno de los derechos que suelen ser desconocidos por los trabajadores. En este artículo cubriremos los aspectos fundamentales para que puedas disfrutar del complemento salarial por incapacidad temporal. Cuando un trabajador se encuentra en situación de Incapacidad Temporal (IT), esto es, de baja, tendrá derecho en la mayoría de las ocasiones a recibir un subsidio. La Seguridad social ha publicado al respecto una guía que puedes encontrar aquí. En algunas ocasiones, el convenio establece un complemento salarial por Incapacidad Temporal. De ello vamos a hablar en este artículo. Desde Incapacidad Segura hemos tenido varios casos donde este complemento no era respetado ni abonado, muchas veces debido al desconocimiento del trabajador. salario según convenio 2017-20 El Estatuto, norma básica, refleja que la prestación económica consiste en un subsidio diario calculado en función de la base reguladora y el origen de la incapacidad, que se abonará du...
La Dirección General de Gestión Económica, Contratación e Infraestructuras de la consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana se ha comprometido a estudiar la actualización de los planes de seguridad y vigilancia de los centros hospitalarios, a fin de que en dichos planes se incluya la dotación de chalecos antitrauma y antipinchazos a los vigilantes de seguridad. Esta dotación se realizaría siempre tras conseguir la preceptiva autorización por parte de la Dirección General de la Policía y tras el estudio previo de una evaluación de riesgos de cada hospital. A este compromiso se ha llegado, según estas fuentes, tras meses de reivindicaciones por parte de Alternativa Sindical y de la S ección sindical de UGT en Clece Seguridad SAU y tras la interposición de una denuncia ante la Unidad Especializada de Prevención de Riesgos Laborales de la Inspección de Trabajo. «Se ha conseguido dar un paso muy importante ya que va a ser incluido en los pliegos de prescripciones técnicas d...
Estas son los diez principales cambios introducidos en la reforma laboral que está en vigor como decreto ley desde el 31 de diciembre de 2021 y que ha sido convalidada este jueves por el Congreso. 1. EL CONVENIO DE EMPRESA DEJA DE TENER PRIORIDAD EN MATERIA SALARIAL El convenio de empresa deja de tener prioridad en materia salarial, con el fin de evitar las prácticas de devaluación salarial. Además se recupera la ultraactividad indefinida de los convenios colectivos (vigencia una vez caducado). 2. DESAPERECE EL CONTRATO DE OBRA Y SERVICIO Se elimina una modalidad de contratación temporal que, según el Gobierno, es la que concentra el mayor fraude. Los contratos por obra y servicio actuales podrán seguir vigentes un máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la reforma laboral. En el sector de la construcción una vez finalizada una obra la empresa debe ofrecer una propuesta de recolocación al trabajador, que en caso de ser rechazada o no poder producirse llevará a la extinción d...
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